Colegios concertados en España: Qué son, cómo funcionan y diferencias con la pública y privada

Dentro del panorama educativo español, junto a la red pública y la puramente privada, existe un tercer modelo que representa una parte fundamental del sistema: los colegios concertados. Para muchas familias, suponen una opción atractiva que combina elementos de ambos mundos, pero su funcionamiento, financiación y naturaleza a menudo generan dudas y un intenso debate social. ¿Son realmente gratuitos? ¿Cómo se elige a los alumnos? ¿Qué los diferencia de un centro público o uno privado?

Este artículo busca ser una guía completa para desentrañar el modelo de la educación concertada en España. El objetivo es explicar de manera clara y sencilla qué es un colegio concertado, cómo se financia, qué lo distingue de las otras opciones y por qué es una pieza clave, y a la vez controvertida, del sistema educativo en España.

Qué vas a encontrar en este artículo

Origen y marco legal de la educación concertada en España

Para entender el modelo actual, es necesario retroceder a su origen. Los colegios concertados nacen formalmente con la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación (LODE) en 1985. En aquel momento, España necesitaba expandir rápidamente su red de plazas escolares para garantizar la educación gratuita y universal. El Estado, en lugar de construir masivamente nuevos colegios públicos, optó por una solución pragmática: aprovechar la infraestructura de centros privados ya existentes (muchos de ellos pertenecientes a órdenes religiosas) y financiarlos con fondos públicos a cambio de que siguieran unas reglas similares a las de la red pública.

El objetivo era doble:

  1. Garantizar el derecho a la educación: Asegurar que hubiera suficientes plazas para toda la población escolar.
  2. Respetar la libertad de enseñanza: Permitir que los padres pudieran elegir un centro con un ideario o proyecto educativo específico, tal y como recoge la Constitución Española.

Desde entonces, el marco normativo de la educación concertada en España ha sido perfilado por las sucesivas leyes educativas (LOE, LOMCE y la vigente LOMLOE). Cada ley ha introducido matices en su financiación, en los criterios de admisión de alumnos o en la participación de las familias, alimentando un debate político que sigue muy vivo.

educación concertada en España

¿Qué es un colegio concertado? Una definición clara

Un colegio concertado es, en esencia, un centro de titularidad privada que recibe financiación pública del Estado. A cambio de esta subvención, el colegio se compromete a impartir la enseñanza de forma gratuita (en las etapas obligatorias) y a seguir las mismas normas de admisión de alumnos que los centros públicos.

Es un modelo híbrido que combina características de los otros dos sistemas:

  • De la educación pública, toma:
    • La financiación para cubrir los gastos de personal y funcionamiento.
    • La gratuidad de la enseñanza obligatoria (Primaria y ESO).
    • Los criterios de admisión de alumnos, basados en un sistema de puntos (proximidad, renta, hermanos en el centro, etc.).
  • De la educación privada, mantiene:
    • La titularidad y propiedad del centro (el edificio y la empresa educativa son privados).
    • La autonomía en la gestión, la contratación del profesorado (aunque con requisitos específicos) y la definición de un proyecto educativo propio o ideario.
Diferencias

Funcionamiento de los colegios concertados

Para comprender en profundidad este modelo, es crucial analizar cómo se gestionan su financiación, el acceso de los estudiantes y su personal docente.

1. Financiación y gestión

El pilar de su funcionamiento es el concierto educativo. Se trata de un acuerdo entre la administración educativa de una comunidad autónoma y el titular de un centro privado.

  • Aportes del Estado: A través del concierto, la administración pública transfiere al centro una cantidad de dinero por cada aula en funcionamiento. Este módulo económico está diseñado para cubrir:
    • Los salarios del personal docente, que son equivalentes a los de sus homólogos en la pública.
    • Los gastos de funcionamiento ordinarios (luz, agua, calefacción, limpieza, material escolar básico).
  • Cuotas “voluntarias” y aportaciones de las familias: Aquí reside uno de los puntos más polémicos. La ley establece que la enseñanza concertada debe ser gratuita. Sin embargo, la mayoría de los colegios concertados solicitan a las familias una aportación mensual. Legalmente, esta cuota debe ser voluntaria y destinarse a actividades o servicios no cubiertos por el concierto, como:
    • Ampliación de horario.
    • Seguro escolar adicional.
    • Plataformas digitales.
    • Actividades complementarias en horario lectivo (teatro, natación).
    • Mejoras en las instalaciones.
      En la práctica, esta “voluntariedad” es a menudo cuestionada, ya que muchas familias sienten la presión de pagarla para asegurar la plaza o el pleno acceso a las actividades del centro.
  • Gestión privada con financiación pública: El titular del centro gestiona estos fondos (públicos y privados) con autonomía, decidiendo sobre las inversiones, las mejoras o la contratación de personal no docente.

2. Admisión y acceso de estudiantes

Los colegios concertados deben seguir el mismo proceso de admisión que los públicos. No pueden elegir a sus alumnos arbitrariamente. El proceso se basa en un baremo de puntos fijado por cada comunidad autónoma, que suele incluir criterios como:

  • Tener hermanos ya matriculados en el centro.
  • Proximidad del domicilio familiar o del lugar de trabajo de los padres.
  • Renta per cápita de la unidad familiar.
  • Condición de familia numerosa o monoparental.
  • Discapacidad del alumno o de sus familiares.

A pesar de esta regulación, una de las críticas más recurrentes es la “selección encubierta” del alumnado. Se argumenta que la exigencia de cuotas, la necesidad de comprar uniformes costosos o la propia ubicación de los centros actúan como una barrera de entrada para las familias con menos recursos económicos, favoreciendo una menor diversidad socioeconómica en sus aulas en comparación con la red pública.

3. Profesorado en centros concertados

Las condiciones del personal docente en la concertada también son un híbrido.

  • Proceso de contratación: A diferencia de la pública, no son funcionarios. Son personal laboral contratado directamente por el titular del centro. Sin embargo, para que su salario sea cubierto por los fondos públicos, deben tener la misma titulación académica que se exige en la pública. El titular tiene libertad para elegir al candidato que considere más adecuado para su proyecto educativo.
  • Condiciones laborales: Sus salarios base y su jornada laboral están regulados por convenios colectivos y son, en teoría, equiparables a los de los docentes de la red pública. Sin embargo, las condiciones reales pueden variar. Tienen menos estabilidad laboral (no son funcionarios de carrera) pero, a cambio, pueden elegir trabajar en un centro cuyo proyecto educativo comparten.
colegios concertados

Ventajas y desventajas de la educación concertada

La elección entre un colegio público, concertado o privado es una de las decisiones más importantes para las familias. El modelo concertado presenta una serie de ventajas percibidas y desventajas o críticas que es importante analizar.

1. Ventajas percibidas por las familias

  1. Proyecto educativo propio: Muchos padres eligen un colegio concertado porque se identifican con su ideario (por ejemplo, religioso) o con su propuesta pedagógica (métodos como el aprendizaje cooperativométodo Montessori, etc.).
  2. Coste asequible en comparación con el privado: Ofrece una alternativa a la educación pública sin el elevado coste de un centro 100% privado.
  3. Mayor implicación familiar: Se percibe a menudo que existe una mayor comunidad educativa y una relación más estrecha entre el centro y las familias.
  4. Estabilidad del profesorado: Al no estar sujetos a concursos de traslados como los funcionarios, los equipos docentes suelen ser más estables a lo largo del tiempo, lo que puede dar continuidad al proyecto educativo.

2. Desventajas y críticas

  1. La “falsa gratuidad”: La principal crítica es que, en la práctica, no son gratuitos. Las cuotas “voluntarias” pueden suponer un desembolso significativo para muchas familias, creando una barrera económica.
  2. Segregación socioeconómica: Diversos estudios apuntan a que los colegios concertados escolarizan a un porcentaje menor de alumnado de origen migrante y de familias con bajo nivel socioeconómico en comparación con la red pública. Esto contribuye a la creación de una doble red educativa y dificulta la equidad educativa.
  3. Uso de fondos públicos: Existe un debate ideológico sobre si el Estado debe destinar fondos públicos a financiar empresas educativas privadas, en lugar de invertir todos esos recursos en fortalecer la red pública.
  4. Falta de transparencia: La gestión de las cuotas voluntarias y la naturaleza de las fundaciones que a menudo gestionan estos centros son, en ocasiones, criticadas por su opacidad.

Peso de la educación concertada en España

La educación concertada en España no es un fenómeno minoritario. Según datos del Ministerio de Educación, aproximadamente el 25% del alumnado no universitario está escolarizado en centros concertados. Sin embargo, este porcentaje no es homogéneo en todo el territorio.

Existen grandes diferencias educativas entre comunidades autónomas en España en cuanto al peso de la concertada:

  • Comunidades con alta presencia: En regiones como el País Vasco (cerca del 50%), Madrid (alrededor del 45%) y Cataluña (más del 30%), la red concertada tiene un peso enorme y es una opción mayoritaria para muchas familias.
  • Comunidades con baja presencia: En cambio, en comunidades como Extremadura, Castilla-La Mancha o Andalucía, el porcentaje de alumnado en la concertada es mucho menor (por debajo del 15%), y la red pública es claramente dominante.

En comparación con otros países europeos, el modelo español de conciertos educativos es uno de los más extendidos. Países como Bélgica o los Países Bajos tienen sistemas similares de financiación pública a escuelas de titularidad privada, pero en otros como Francia o Alemania, el peso de la red pública es mucho mayor.

El debate social y político

El futuro de los colegios concertados es uno de los temas más recurrentes y polarizantes del debate educativo en España. Las posturas son claras y a menudo enfrentadas:

  • A favor de la concertada: Sus defensores (partidos de centro-derecha, asociaciones de padres como CONCAPA y la propia patronal de la concertada) argumentan que este modelo garantiza la libertad de enseñanza de los padres, promueve la pluralidad educativa y es más eficiente para el Estado (el coste por alumno en la concertada es menor que en la pública). Sostienen que sin ellos, el sistema público no podría absorber toda la demanda.
  • En contra (o por una revisión del modelo): Sus críticos (partidos de izquierda, sindicatos de la enseñanza pública y asociaciones de padres como CEAPA) argumentan que el modelo actual fomenta la segregación, desvía fondos que deberían ir a la escuela pública y permite un negocio privado con dinero de todos. Proponen un mayor control sobre las cuotas y los procesos de admisión, o incluso una progresiva integración de los centros concertados en la red pública.

La LOMLOE ha introducido cambios que han avivado este debate, como la eliminación del concepto de “demanda social” para abrir nuevas plazas concertadas o el refuerzo de las comisiones de admisión para evitar la segregación. El futuro del modelo dependerá, en gran medida, de los equilibrios políticos y de la capacidad del sistema para resolver la tensión entre libertad de elección y equidad.

Tabla comparativa final: pública, concertada y privada

Para tener una visión global, esta tabla resume las características clave de los tres modelos de escolarización en España:

características

Los colegios concertados son una pieza estructural del sistema educativo español, nacida de una necesidad histórica y consolidada como una opción para una cuarta parte de las familias. Representan un modelo intermedio que, para sus defensores, es la encarnación de la libertad de elección y la colaboración público-privada, mientras que para sus críticos, es una fuente de desigualdad y segregación que debilita a la escuela pública.

La realidad, como suele ocurrir, es compleja. El modelo concertado ha permitido escolarizar a millones de alumnos y ofrecer proyectos educativos diversos sin el coste de la red privada. Sin embargo, enfrenta desafíos ineludibles relacionados con la equidad, la transparencia en su financiación y su papel en la cohesión social. El debate no es tanto si deben existir o no, sino cómo deben funcionar para que realmente contribuyan a un sistema educativo más justo y de mayor calidad para todos. La pregunta sigue abierta: ¿son un modelo de equilibrio necesario o una fuente de desigualdades que el sistema debe corregir? La respuesta definirá el futuro de la educación en España.

Glosario

  • Concierto Educativo: Acuerdo administrativo por el cual el Estado financia con fondos públicos el funcionamiento de un centro educativo de titularidad privada a cambio de que este preste el servicio educativo de forma gratuita y bajo ciertas condiciones.
  • Titular: Persona física o jurídica (empresa, fundación, congregación religiosa) que ostenta la propiedad del centro educativo concertado.
  • Módulo de Concierto: Cantidad económica que la Administración Pública transfiere a los centros concertados por cada unidad escolar (aula) para cubrir los salarios del personal y los gastos de funcionamiento.
  • Cuota Voluntaria: Aportación económica que los colegios concertados solicitan a las familias para financiar actividades o servicios no cubiertos por el concierto. Su legalidad y voluntariedad son objeto de debate.
  • Ideario: Conjunto de principios y valores (religiosos, pedagógicos, filosóficos) que definen el proyecto educativo de un centro.
  • Libertad de Enseñanza: Derecho fundamental recogido en la Constitución Española que incluye el derecho de los padres a elegir la formación religiosa y moral que deseen para sus hijos y el derecho a la creación de centros docentes.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

1. ¿Un instituto concertado funciona igual que un colegio concertado?
Sí, el modelo es el mismo. Un instituto concertado es simplemente un centro privado con concierto que imparte etapas de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y, en muchos casos, Bachillerato o Formación Profesional. Las reglas de financiación, admisión y gestión son idénticas a las de un colegio que imparte Infantil y Primaria.

2. ¿El Bachillerato en un colegio concertado también es gratuito?
No necesariamente. La obligatoriedad y, por tanto, la gratuidad garantizada por el Estado, cubre la educación primaria y la ESO. Muchas comunidades autónomas también conciertan las etapas de Educación Infantil y Formación Profesional Básica. Sin embargo, el Bachillerato y la FP de Grado Medio o Superior pueden no estar concertados en muchos centros. En esos casos, el centro funciona como uno privado para esas etapas y cobra una cuota mensual obligatoria.

3. ¿Pueden obligarme a pagar la cuota “voluntaria” en un colegio concertado?
Legalmente, no. La ley prohíbe que los centros concertados exijan pagos por la enseñanza obligatoria. Sin embargo, en la práctica, las familias pueden sentirse presionadas a pagar para acceder a todas las actividades o por temor a ser señaladas. Las asociaciones de consumidores y algunas federaciones de padres denuncian esta práctica anualmente.

4. ¿Los resultados académicos de los colegios concertados son mejores que los de los públicos?
No hay una respuesta concluyente. En pruebas de evaluación externas como PISA o las evaluaciones de diagnóstico, los centros concertados suelen obtener, de media, puntuaciones ligeramente superiores a los públicos. Sin embargo, los expertos advierten que esta diferencia se reduce o desaparece cuando se aísla el “efecto del nivel socioeconómico y cultural” de las familias. Es decir, los mejores resultados podrían deberse más al perfil del alumnado que escolarizan que a una mayor calidad pedagógica intrínseca.

5. ¿Qué pasa si un colegio concertado incumple las normas de admisión o cobra cuotas ilegales?
Las familias pueden y deben denunciarlo ante la Inspección Educativa de su comunidad autónoma. La administración tiene la potestad de abrir un expediente y, en casos graves y reiterados, podría llegar a retirar el concierto al centro.

Bibliografía

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  • Escuelas Católicas. (Publicación anual). Informe sobre el sector de la enseñanza concertada en España.
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  • García-Gracia, M., y Gortázar, L. (2017). El debate sobre la financiación de la enseñanza concertada en España. EsadeEcPol.
  • Martínez, L. M. (Coord.). (2019). La Doble Red Escolar: Pública y Concertada. Un Análisis Comparativo. Wolters Kluwer Educación.
  • Ministerio de Educación y Formación Profesional. (Publicación anual). Estadísticas de la Enseñanza no Universitaria en España.
  • Tiana Ferrer, A. (2015). La LODE treinta años después: Un balance de la política de conciertos educativos. Revista de Educación.

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